Servicio a los Padres de Familia

Decreto SHCP_Febrero 15 2011

miércoles, 23 de febrero de 2011

Estímulo Fiscal para Servicios Educativos

Señores Padres de Familia:

Nos hemos acercado al SAT, a la Administración Local Jurídica del Norte del Distrito Federal,  y le hemos dirigido una CARTA solicitando RESPUESTAS y ACLARACIONES acerca de los alcances e implementación del DECRETO para beneficio de usted. Sin embargo, debemos ser prudentes en las acciones y procedimientos a implementar para que usted pueda disfrutar de este beneficio fiscal. El ARTÍCULO CUARTO del DECRETO indica: El Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá expedir las disposiciones de carácter general que sean necesarias para la correcta y debida aplicación del presente DECRETO.
Si no encuentra su respuesta en la sección de abajo, le pedimos formule su pregunta al final de esta hoja, indicando sus datos o bien de manera Anónima.
Muchas gracias y reiteramos nuestro compromiso por mantenerle informado.

Roberto Ovalle Martínez
Director Administrativo.



                                                                                                             

Preguntas y Respuestas Frecuentes.
1.- ¿A partir de cuándo es aplicable el beneficio fiscal establecido en el DECRETO?
Respuesta: A partir del día 1 de enero de 2011.
2.- ¿El estímulo fiscal es aplicable para todos los servicios que ofrecen las instituciones educativas privadas?
 Respuesta: NO. El estímulo fiscal es aplicable ÚNICAMENTE para los servicios correspondientes a la enseñanza del alumno (COLEGIATURAS).
3.- ¿El estímulo fiscal cubre el total de la colegiatura de los alumnos?
Respuesta: NO. El límite anual de deducción por alumno y por nivel educativo que establece el propio DECRETO, corresponde a Preescolar ($14,200), Primaria($12,900), Secundaria($19,900), Profesional Técnico($17,100) y Bachillerato(24,500). Para conocer el alcance de la deducción real en su declaración del ISR 2011 le invitamos a ingresar sus datos en el SIMULADOR que hemos creado para usted.
4.-  ¿El estímulo fiscal es aplicable para todos mis hijos inscritos en los planteles del Instituto?
Respuesta: SI. El beneficio fiscal es aplicable para todos sus descendientes en línea recta, ya sean hijos o adoptados.
5.- ¿Podré seguir efectuando el pago con efectivo de colegiaturas en la ventanilla bancaria?
Respuesta: SI. Sin embargo recuerde que para obtener los beneficios de la deducibilidad el decreto indica que los pagos deberán realizarse mediante cheque nominativo del contribuyente, traspaso de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa o mediante tarjetas de crédito, de débito o servicios. Les notificaremos en breve nuevas opciones para el pago de sus colegiaturas, que cumplen con los requerimientos del SAT.
6.- ¿Obtendré factura por concepto del pago de colegiatura de mis hijos para presentarlas al momento de hacer mi declaración anual del ISR 2011?
Respuesta: SI. El Instituto emitirá la factura que ampara el pago de colegiaturas de sus hijos. Se ha presentado al SAT una solicitud para que nos aclare algunas interrogantes que tenemos al respecto (ver documento).
7.- Si mi hijo cambia de nivel educativo (preescolar-primaria ó primaria secundaria) durante el mismo año fiscal 2011, ¿Cuál límite anual de deducción se justificará como estímulo fiscal?
Respuesta: Se ha presentado al SAT una solicitud para que nos aclare algunas interrogantes que tenemos al respecto (ver documento).
8.- Si el año 2010 pagué ANUALIDAD para la colegiatura de mis hijos en el ciclo escolar 2010-2011, ¿podré obtener el estímulo fiscal para los meses de enero a junio de 2011 que cubrí en el ejercicio fiscal 2010?
Respuesta: Se ha presentado al SAT una solicitud para que nos aclare algunas interrogantes que tenemos al respecto (ver documento).
9.- El pago de las colegiaturas de mis hijos será por cheque nominativo y del contribuyente para que sea deducible. En el caso de pagos por medios electrónicos el pago puede ser efectuado por otra persona y se considerará deducible?
Respuesta: Se ha presentado al SAT una solicitud para que nos aclare algunas interrogantes que tenemos al respecto (ver documento).
10.- Si mi hijo goza del beneficio de una beca otorgada por exigencia de la SEP ¿podrá ser deducible el monto efectivamente pagado por mí por concepto de colegiaturas?
Respuesta: Se ha presentado al SAT una solicitud para que nos aclare algunas interrogantes que tenemos al respecto (ver documento).
11.- Si estoy inscrito ante el SAT bajo el régimen de sueldos y salarios y obtengo ingresos menores a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos) y no cuento con FIEL ni CIEC ¿tendré facilidades para hacer esta deducción en mi declaración anual del ISR 2011?
Respuesta: Se ha presentado al SAT una solicitud para que nos aclare algunas interrogantes que tenemos al respecto (ver documento).

Si lo desea, redacte su pregunta haciendo Click en la palabra "comentario" en la barra sombreada de abajo.

60 comentarios:

  1. René Reyes Gutiérrez23 de febrero de 2011, 23:55

    Señores Padres de Familia:

    Este espacio fue creado para ustedes.
    Si su duda no es resuelta satisfactoriamente con la información que aquí les proporcionamos, redáctela y compartala con nuestra comunidad.
    Seguimos trabajando para usted.

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  2. Muchas gracias por la información. Estaré al pendiente de la información.

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  3. ¿Cuándo me entregarán mi factura mensual y lo que corresponde a Enero y Febrero del pago de las colegiaturas para poder deducirlas?

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  4. Roberto Ovalle Martínez28 de febrero de 2011, 9:27

    Con fecha 22 de febrero entregamos una carta al SAT, con objeto de aclarar algunas dudas que se presentan por falta de claridad en el Decreto. Dichas aclaraciones son muy importantes para poder entregarles la Factura que reúna todos los requisitos necesarios para poderla deducir.
    Es importante aclararles que si emitimos facturas y les falta algún dato que requiera el SAT, ya no podremos hacerles otra factura. Mi recomendación es que nos esperemos a la respuesta. De todas maneras he decidido que lo mas adecuado es elaborar una sola factura a fines del mes de junio de 2011 que integre las colegiaturas del período enero junio del 2011, con la ventaja de ya contar con la información necesaria para facturar correctamente.
    Si de todas maneras alguien requiere que le facturemos antes, solo le agradeceré nos lo solicite por escrito, con los datos que requiere su factura y aceptando que no se le podrá elaborar una nueva factura, en el futuro.
    Mucho les agradeceré leer el oficio enviado al SAT, cuyo acceso se encuentra en la parte superior de este Blog..
    Atentamente
    Roberto Ovalle Martínez

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  5. La deducibilidad de impuestos aplica también para las colegiaturas del curso "Especial de Inglés" del nivel Primaria?

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  6. Para que nos puedan expedir las facturas es necesario presentar el r. f. .c que da hacienda?

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  7. A mi me descuentan el ISR vía nómina ya que por mi nivel y puesto dentro de la empresa no estoy obligado a presentar declaración anual; por lo que mi pregunta es la siguiente: ¿Que trámites debo realizar o que debo hacer para obtener este beneficio?. Cabe aclarar que todos los pagos de la colegiatura los realizo por ventanilla y en efectivo en el banco correspondiente (HSBC)

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  8. Si yo soy empleado federal (profesor en educación pública) pero presento voluntariamente declaración de impuestos por ISR pues también son deducibles los intereses reales de un crédito de vivienda que pago... ¿puedo ingresar este beneficio de colegiaturas?

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  9. ¿Cunado podrán a disposición alguna forma de hacer los pagos a través de traspasos interbancarios?

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  10. Ya pagué el mes de marzo con cheque nominativo, ¿cuándo nos entregan las facturas? ¿con quien hay que acudir para entregar RFC?, mi domicilio particular es diferente a mi domicilio fiscal. Gracias. Ana Violeta Pérez

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  11. Roberto Ovalle Martínez18 de marzo de 2011, 14:03

    Respuesta a la pregunta del 7 de marzo:
    A todos los Padres de Familia que lo requieran, se les entregará una factura del pago de colegiaturas del nivel educativo en que estudien, incluyendo el que usted hace mención que es Preescolar 3 de Torres y que corresponde al nivel Preescolar.

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  12. Roberto Ovalle Martínez18 de marzo de 2011, 14:04

    Respuesta a la pregunta del 14 de marzo
    Sr. Pedro: próximamente le solicitaremos que nos proporcione los datos completos para poderle facturar, no le vamos a pedir que presente su Registro Federal de Contribuyentes, pero si es necesario que proporcionen el registro completo incluyendo la homoclave. Le doy un ejemplo: QERT480606JI3, los últimos tres dígitos (JI3) son la homoclave. Si no la tiene deberá tramitarla ante el SAT (Servicio de Administración Tributaria) de otra manera no podrá presentar su declaración anual y hacer deducible el pago de las colegiaturas.

    Aprovechando la oportunidad le recuerdo que para presentar su declaración anual se requiere la Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) ante el mismo SAT.

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  13. Roberto Ovalle Martínez18 de marzo de 2011, 14:05

    Respuesta a la pregunta primera del 17 de marzo
    Le recuerdo que si su pago es en efectivo no podrá hacerlo deducible, aunque pague en el banco. Si usted es empleado, de una sola empresa y gana menos de 400,000 anuales, para hacer deducible la colegiatura, deberá solicitar a la empresa donde trabaja que no le haga la declaración anual del año 2011, ya que usted la hará por su cuenta, Deberá contar con su Registro Federal de Contribuyentes, incluída la homoclave y con la Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC), ambos documentos se solicitan en el SAT. Un consejo: solicite la asesoría de un Contador o del mismo SAT, previa cita electrónica en el portal www.sat.gob.mx

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  14. Roberto Ovalle Martínez18 de marzo de 2011, 14:06

    Respuesta a la pregunta segunda del 17 de marzo
    Si, por supuesto que puede hacer deducible la colegiatura.

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  15. Roberto Ovalle Martínez18 de marzo de 2011, 14:07

    Respuesta a la pregunta tercera del 17 de marzo
    Sr. Javier León: El 1 de marzo del 2011 les enviamos, por escrito, a todos los Padres de Familia el procedimiento de pago exclusivo de Colegiaturas por SPEI o Transferencias para quienes manejan cualquier banco que no sea HSBC . Le agradeceré buscar ese documento ya que se le indica, en forma personalizada, que datos debe registrar por cada familia, para que podamos identificar quien realizó el pago.

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  16. Roberto Ovalle Martínez18 de marzo de 2011, 14:08

    Le recuerdo que no se puede hacer un traspaso de HSBC a HSBC ya que no podríamos saber quien realizó el pago. Si este es su caso (HSBC a HSBC) favor de solicitar el procedimiento al mail: lmartinez2@ovallemonday,com.mx

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  17. René Reyes Gutiérrez21 de marzo de 2011, 22:30

    Señores Padres de Familia:

    Para conocimiento de ustedes, se publica el OFICIO que nos fue remitido por parte de las autoridades del SAT, como respuesta a la carta entregada por el Lic. Roberto Ovalle, en semanas anteriores.

    Seguimos al pendiente de nueva información

    Atentamente

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  18. Sra.Verónica Cañas23 de marzo de 2011, 20:51

    Que bueno que podamos hacer nuestros comentarios por este medio.
    Mi hijo actualmente cursa el cuarto grado de primaria en el plantel Torres, desafortunadamente se canceló la plática de sexualidad y de la información que le iban a hacer llegar a nuestros hijos.Me apena enormemente esa situación y también me extraña ya que con cada padre de familia que me encontré durante el breve periodo que se dio esta sutiación me comentaron que si hicieron el pago para la plática y que estaban muy interesados en el tema. Mi pregunta es: ¿Les van a dar una plática a nuestros hijos de sexualidad dentro del plantel? Yo ya consulté bibliografía, mi hijo ya leyó un libro y hemos platicado en casa del tema, sin embargo sería sumamente valioso que en general se partiera de un mismo conocimiento para que los jóvenes se respeten mas dentro del mismo género, así como también,aprecien y respeten las diferencias del género opuesto. Como parte medular de los valores que necesitamos reafirmar en nuestra comunidad que se aprecia de ser culta y respetuosa. Atte. VCG

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  19. Sr Ovalle
    Una pregunta concerniente al PROTE.
    Tengo tres hijos, uno acude a la universidad la salle y entra a las 7 de la mañana por lo que mi esposo sale de casa a las 5:50 para llevarlo y se va a trabajar. Mi segunda hija entra a la secundaria de la Escuela Cristobal Colon el sig ciclo escolar entraría a las 7:00 de la mañana. En este mometo al ir a dejarla a la escuela me llevo también a la que esta en el ovalle,a la hr de la salida la que esta en el ovalle sale a las 2:00 y la que iría al cristobal a las 2:10.Tengo que llevar el auto en ambos casos. Bajo que articulo y fracción coloco la solicitud de exención. Entrar caminando o por la logistica familiar?

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  20. Buenas tardes Sr. Ovalle me gustaría saber que documentación se tiene que presentar para la facturación del periodo de enero a junio, ya que en otro comentario que usted realizó, dice que los pagos realizados en el banco no podrán ser deducibles, me preocupa esta situación ya que su servidora hace el pago directamente en el banco y esto es desde el mes de enero.

    Por otra parte, entonces comó se tiene que realizar el pago para poder hacerlo deducible?

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  21. Roberto Ovalle Martínez29 de marzo de 2011, 5:23

    Sobre la pregunta del PROTE:
    Precisamente en estos casos es cuando el Lic. Ebrard quiere, a través de su injusto y arbitrario decreto, que los alumnos se trasladen en el transporte escolar obligatorio.
    Si usted, como lo dice su mensaje está dispuesta a llevarlas caminando y vive a menos distancia de recorrido de un kilómetro, esta sería su solicitud de exención.
    Si vive a mas de un kilómetro su solicitud de exención sería la de acudir en transporte público y caminando si este fuera su su compromiso.
    Saludos

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  22. Roberto Ovalle Martínez29 de marzo de 2011, 5:48

    Sobre las pagos en el banco:
    Los pagos en el banco son deducibles, siempre y cuando sean realizados con cheque del contribuyente que hará la deducibilidad, como está establecido en el decreto.
    En el mes de mayo, los que están interesados en deducir sus pagos de colegiatura nos proporcionarán sus datos a través de un cuestionario electrónico.
    Próximamente tendremos una junta con las Mesas directivas de las diferentes Asociaciones de Padres de Familia para definir el procedimiento, ya que como les informamos el SAT se negó a contestarnos las peticiones y aclaraciones que les hice por escrito, que usted puede leer en el oficio a la SHCP en la parte superior de este blog.
    Los Padres de Familia de algunas Mesas Directivas están consultando con asesores fiscalistas para esta actividad. Los mantendremos informados oportunamente.
    Saludos

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  23. Buenas tardes, Sr Ovalle, unicamente para saber si los pagos por SPEI si se pueden hacer deducibles de impuestos ya que su servidora no cuenta con chequera.

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  24. Roberto Ovalle Martínez30 de marzo de 2011, 20:06

    Hola:
    Los SPEI si son deducibles.
    Una de mis preguntas al SAT, quien se negó a contestármela, era si tenían que ser enviados los SPEI a través de una cuenta del conntribuyente que haría la deducibilidad del pago de la colegiatura, ya que en el decreto no lo menciona, sin embargo, algunos Contadores me aseguran que si tiene que ser de una cuenta del contribuyente.

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  25. Buenos días:

    Entonces nos van a entregar una factura para deducir el pago de colegiaturas?, Esta fatura puede estar a nombre del padre o de la madre?

    Agradezco las atenciones

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  26. Roberto Ovalle Martínez4 de abril de 2011, 3:01

    Hola Sra. Mónica Pérez

    Si les vamos a entregar una factura, en junio, para que puedan deducir el pago de las colegiaturas.
    Le recuerdo que para que pueda ser deducible, tienen que haber cubierto las exigencias del decreto (pago no en efectivo, que las haya pagado el contribuyente que vaya a deducir, etc..
    La factura puede estar a nombre del Padre o Madre.
    En mayo les solicitaremos, vía electrónica, los datos necesarios para facturar, a quienes requieran esta factura.
    Saludos.

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  27. hola respecto a las botellas de agua que estan prohibiendo en la secundaria no tenemos ningun aviso oficial departe de ustedes todo son rumores de parte de los jovenes si aiguien cometio una falta tan grave como llevar alcohol a la escuela o robar la sancion debe ser ejemplar(expulsar a los jovenes que lo hagan y no solo con suspenciones ) y no castigando a los demas jovenes prohibiendo llevar agua

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  28. ¿Se puede pagar por SPEI (cuenta de HSBC que nos hicieron llegar) la colegiatura anual?

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  29. Hola Sra. Mónica Pérez
    PROCEDIMIENTO DE PAGO POR SPEI o transferencia DE ANUALIDAD
    Con objeto de poder identificar el pago de reinscripción, favor de tomar en cuenta el siguiente procedimiento.
    1. Clabe 072 180 00152474577 2 Banco BANORTE.
    2. Anotar en TODOS los campos que le indique concepto, descripción o no. de referencia lo siguiente:
    a) Campo Numérico: Anotar el No. de Cuenta Individual del alumno (7 dígitos sin guión)
    Ejemplo:
    1234567
    b) Campo Alfanumérico: Anotar el No. de Cuenta Individual del alumno un espacio en blanco, el apellido paterno del alumno y si cabe aún, el apellido materno.
    Ejemplo:
    1234567 MARTINEZ ALVAREZ
    NOTA: SI USTED ANOTÓ SUS DATOS CORRECTAMENTE, NO ES NECESARIO QUE ENTREGUE COMPROBANTE DE PAGO; DE LO CONTRARIO, LE PEDIMOS ENTREGAR COMPROBANTE EN LA CAJA DEL PLANTEL LATACUNGA. GRACIAS.
    A sus órdenes.
    Liliana Martínez Alvarez
    OVMON, S.C.

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  30. Buenos días:

    No encuentro el enlace para actualizar mis datos fiscales, me podrían decir en donde se encuentra? Muchas gracias.

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  31. Administración del IOM
    La liga que mencionan en su comunicado del 30 de mayo de 2011 "Actualización de Datos Fiscales" no la encuentra en ninguna parte de su página .
    ¿Esto también aplica para la facturación de Servicio de Transporte?
    Necesito la facturas de transporte de todo el ciclo escolar 2010-2011. Ustedes ya tienen los datos fiscales. Que me sugiere hacer. Saludos y Gracias.
    Francisco Sotomayor
    Correo Electrónico:fsotomayorp@gmail.com

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  32. Buenas noches Sr. Ovalle:

    Quisiera que me orientara que si en caso de que los padres del niño están separados y realizan los pagos de las colegiaturas alternativamente (medio año uno y medio año el otro) se puede pedir que se realicen las facturas a cada uno por el periodo y el monto de pagos que realizaron cada uno. De ser afirmativo, le solicito nos oriente la forma en que debemos notificarle.

    Felicitaciones por mantener una comunicación tan dinámica y con la precisión que se requiere en estos tiempos,

    Saludos

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  33. Mi esposo me deposita mensualmente una cantidad a mi chequera, que saqué en el banco HSBC para poder hacer el pago de la colegiatura y mis otros pagos de la casa. La cuenta está a mi nombre y por ende, el cheque nominativo está a mi nombre y nó al de mi esposo, el cual es el contribuyente. Qué pasa en estos casos?

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  34. MI PREGUNTA ES ¿SI EL PAGO LO REALIZO EN EL BANCO, APLICA PARA EL BENEFICIO DE LA DEDUCCION DE IMPUESTOS?

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  35. Buenas noches
    yo pago con mi dinero la colegiatura de la niña. pero el pago sale a nombre de mi esposo. la que tiene que hacer la declaracion soy yo. que es lo que puedo hacer.

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  36. Roberto Ovalle Martínez6 de junio de 2011, 12:01

    Sr. Francisco Sotomayor
    Solo es necesario llamar a caja 5586-8212 ext. 108 y corroborar que tenga sus datos. La cajera solicitará al transportista su requerimiento y le informará la fecha en la cual podrá recoger su factura.

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  37. Roberto Ovalle Martìnez6 de junio de 2011, 12:30

    Sra. Anónimo del 31 de mayo del 2011
    .
    Si solicitan factura uno por el período de enero a junio y el otro por el período de septiembre a Diciembre no habría problema para darle a cada quien su factura. Si lo quisieran por un período menor seria complicado para ustedes el estar acudiendo a la escuela a cambiar sus datos fiscales.

    Es justo mencionarle que la deducibilidad del pago de colegiaturas solo puede ser hasta el tope que establece el Decreto para cada nivel educativo de cada alumno. Si alguien quisiera aprovechar las dos facturas sobrepasando el tope establecido incurriría en delito fiscal. Definitivamente no lo recomiendo.
    No le veo problema fiscal si cada contribuyente presenta la deducción por el 50% de la colegiatura, mientras no pase la suma del tope. Sin embargo, como tenemos que proporcionar el curp de su hijo en la factura, al momento que el SAT cruce información observará que hay dos contribuyentes con dos deducciones para el mismo alumno y aunque no haya exceso, si creo que los llamen a aclarar la situación entorpeciendo su proceso de presentación de declaración anual.
    Como el impuesto máximo que se va a ahorrar, en todo el año de un alumno de Primaria, será de $3,870 , considero importante que valore si quiere hacerlo de esta manera.

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  38. Roberto Ovalle Martínez6 de junio de 2011, 12:44

    Señora Anónima 1 de junio de 2011 13:54
    .
    El Decreto establece que para hacer deducible el pago de las colegiaturas, debe hacerlo el CONTRIBUYENTE a partir de su chequera personal. En este caso, lo está pagando con chequera de usted, quien no es el contribuyente. Por esta razón, su esposo no podría hacer deducible sus pagos hasta que no lo realice él desde su chequera personal.
    El SAT no nos obliga a poner la forma de pago ni quien realizó el pago, por lo que creemos que requerirá el SAT para hacer deducible el pago de la colegiatura, el que los contribuyentes presenten sus estados de cuenta bancarios, donde se asiente el pago de la colegiatura. Esta pregunta se le hicimos al SAT pero no la contestó.

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  39. René Reyes Gutiérrez. IOM.6 de junio de 2011, 12:52

    Sra. Anónima 3 de junio de 2011 20:16
    .
    Recuerde usted que debe proporcionarnos los datos fiscales correctos del contribuyente para efectos de aplicar la deducibilidad. Hemos abierto un período de actualización de datos fiscales de nuestros padres de familia, que se cierra el día 7 de junio. Le invitamos a que efectúe la actualización de sus datos para que se emita la factura a su nombre y pueda de esta manera hacerla deducible. Recuerde que debe observar también las condiciones para efectuar el pago de su colegiatura, descritas en el propio Decreto, para que su deducción sea aplicable.

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  40. René Reyes Gutiérrez. IOM6 de junio de 2011, 12:56

    Señores Padres de Familia:
    .
    A petición de ustedes, hemos ampliado el plazo para Actualización de Datos Fiscales IOM, hasta el día de mañana martes 7 de junio de 2011.
    .
    Seguimos adelante con el proceso.

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  41. René Reyes Gutiérrez. IOM6 de junio de 2011, 13:00

    Señores Padres de Familia:
    .
    Recuerden que tenemos el módulo para Actualización de Datos Fiscales en la página de Internet del Instituto www.ovallemonday.com.mx , en un vínculo de la parte superior izquierda de la página de inicio.

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  42. Roberto Ovalle Martínez6 de junio de 2011, 15:58

    Hola Sr. René 1 de junio 2011
    .
    El lugar del pago, para efecto de la deducibilidad, no afecta, siempre y cuando sea el pago directo a la Educación Educativa (banco, directamente en caja), cheque personal a nombre de la Institución o transferencia electrónica, de la cuenta del contribuyente a la misma escuela, sin que pase a un tercero.
    .
    Repasando: Solo podrá deducir la colegiatura de los impuestos quien sea :
    Padre o Madre de Familia o Abuelo (a)
    Que tenga la factura a nombre del Contribuyente
    Que haya pagado la colegiatura con cheque Personal o con transferencia de la cuenta personal
    Que declare anualmente, para poder deducir de los ingresos las colegiaturas

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  43. Eduardo Benitez García8 de junio de 2011, 19:18

    Buenas tardes, por motivos de trabajo no me fué posible ingresar mi solicitud de factura y datos fiscales, consideró que fué poco el tiempo dado para éste trámite, agradeceré me permitan hacerlo y disculpen las molestias que esto pueda causarles.

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  44. No pude realizar la solicitud de factura y por lo tanto los datos fiscales, que son de mi esposo, el cual deposita con cheque a su nombre la colegiatura y es el contribuyente, por favor les suplico me permitan enviarles los datos.
    gracias

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  45. Por razones ajenas, no pude ingresar mis datos fiscales para solicitar la facturación, con anterioridad mi esposo se los habia dejado pero no sé si estan completos o no son validos así, ¿cómo puedo ingresarlos? Gracias. Leticia Gutiérrez.

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  46. Hola, de igual forma, vengo llegando de viaje y no pude actualizar mis datos fiscales, solicito algún plazo o algún otro mecanismo para dar de alta los datos fiscales.

    Saludos.

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  47. No encuentro la liga en donde debo actualizar los datos fiscales, ya vi el simulador, decretos y demás, pero en donde accedo para dar la información solicitada en la circular?

    Gracias

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  48. Buenas tardes. Por descuido no ingrese mis datos en el sistema y si deseo obtener la factura. Hay algo que se pueda hacer para ingresar los datos y obtenerla? Y por su comprensión gracias

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  49. buenas tardes.

    la pregunta es hasta ahora mis pagos de colegiatura han sido en el banco con el formato que nos envian mensualmente, apartir del mes que viene requiero pagarlo con cheque quisiera saber cual es el procedimiento a seguir??? y aunque ya di de alta mis datos fiscales de acuerdo a lo referido al recibir la factura entonces no es procedente para deducir de impuestos ya que del mes de enero a junio se pago atraves del banco???

    gracias

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  50. Roberto Ovalle Martìnez1 de julio de 2011, 11:26

    Hola Sra. Sandra

    La factura que le enviamos es deducible de impuestos si pagó las colegiaturas en el Banco o en la escuela, siempre y cuando el cheque o la transferencia o el Spei sea de la cuenta del contribuyente que vaya a presentar la declaración anual y que reúna los requisitos de parentesco con nuestro alumno, que establece el decreto del 15 de febrero del 2011.

    El SAT directamente podría, en cualquier momento, solicitarle al contribuyente que compruebe que el cheque con que pagó la colegiatura es de su propiedad confirmar el parentesco con el alumno, una vez presentada la declaración anual en abril de 2012.

    El importe de la colegiatura pagada en efectivo, no podrá ser deducible. no importa donde haya realizado su pago (escuela o banco).

    Ejemplo: Si pagó enero y febrero con efectivo y de marzo a junio con cheque o Spei o tranferencia, la parte que podrá deducir será lo correspondiente de marzo a junio.
    Coleg.de enero y febrero en efectivo 7,580
    Coleg.de marzo a junio con cheque,etc 15,160
    Importe de la factura 22,740
    Esta factura la podrá presentar en su declaración, pero hasta un monto de 15,160 que es lo que pagó con cheque del contribuyente.
    Con sus próximos pagos de septiembre a diciembre solo le faltará 4,740 para completar los 19,900 que es el máximo que se puede deducir, para el nivel de secundaria.

    Saludos

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  51. no encuentro la liga de actualizacion de datos fiscales en dond se encuntra .gracias

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  52. Victor Solis
    A mi hija le otorgaron media beca,¿tambien puede entran en la deducibilidad de impuesto de colegiaturas?

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  53. A quien corresponda,

    No tienen activa la liga para la actualización de datos fiscales en su página. Por favor, actívenla.

    Atentamente

    Jorge Ortiz Loyola

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  54. No encuentro ninguna liga llamada
    Actualizacion de Datos Fiscales

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  55. Yo acudi personalmente a actualizar mis datos fiscales el numero de cuenta del alumno es
    102260-6

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  56. Los pagos efectuados a partir del mes de Febrero 2011, solicitamos la factura en la Escuela, dado que entiendo que la emitiran por semestre, donde puedo solicitarla y recogerla?

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  57. Roberto Ovalle Martínez14 de octubre de 2011, 12:22

    Hola Sr. Solís
    Si, aunque tenga beca usted puede participar de este beneficio hasta el monto de lo pagado por concepto de colegiatura y limitado a los topes que establece el decreto por nivel educativo.

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  58. Roberto Ovalle Martínez14 de octubre de 2011, 12:26

    Hola Anónimo del 26 de septiembre
    Mucho le agradeceré pasar a la Caja de la Escuela donde se la proporcionarán. Solo se podrán entregar facturas por los pagos realizados durante el año 2011.

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  59. Los pagos pueden hacerse por Spei? Es lo mismo Spei que transferencia entre instituciones de crédito? gracias

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